El 1° de Junio del 2018, La Secretaria de Energía (SENER) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), publicaron las disposiciones administrativas de carácter general sobre la Evaluación de Impacto Social (EvIS) en el sector energético e hidrocarburos, mismas que están vigentes hasta el momento en que sean emitidas las nuevas disposiciones para la Manifestación de Impacto Social (MIS) el cual es un documento que contiene la identificación de pueblos en el área de influencia de un proyecto, así como la identificación, caracterización, predicción y valoración de los impactos positivos y negativos que podrían derivarse con el establecimiento del proyecto.
¿Quién debe de solicitar la Manifestación de Impacto Social?
El articulo 152 de la Ley de Hidrocarburos Federal, determina que los interesados en obtener un permiso o una autorización para desarrollar proyectos en materia de Hidrocarburos, deberán presentar a la Secretaría de Energía (SENER) una manifestación de impacto social, tales como:
Estaciones de Servicio de Gasolina y Diesel.
Expendio al Público de Gas Natural.
Expendio al público de Gas Licuado de Petróleo (L.P.)
Plantas de Almacenamiento y Distribución de Gas Natural y Gas L.P.
Distribución por medio de ductos de Gas Natural y Petrolíferos.